Etiquetado de advertencia en México
La semana pasada se aprobó una reforma para modificar el actual etiquetado frontal de los alimentos y las bebidas no alcohólicas con el fin de que los consumidores podamos evaluar la calidad de los productos de manera directa, sencilla y visible. El etiquetado de advertencia que actualmente países como Chile, Perú y Uruguay tienen ofrece textos sencillos y símbolos para advertir a los consumidores altos contenidos de azúcares, grasas saturadas, sodio y calorías.
Un dato: De acuerdo a la ENSANUT 2016, 93% de los mexicanos toma decisiones alimentarias desinformadas.
Las “Guías Diarias de Alimentación” o GDA es el etiquetado frontal que actualmente tenemos en México. Se implementó en 2015 con base a un modelo propuesto en Europa por The Institute of Grocery Distribution, organización que hace investigación financiada por la industria de alimentos y bebidas y el sector de tiendas de autoservicio (1). La evidencia científica muestra que este etiquetado, además de que es deficiente y confuso para la mayoría de la población, los valores de referencia no corresponden a las recomendaciones nutrimentales propuestas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), los valores mexicanos o los del Instituto de Medicina de los Estados Unidos, por lo que no se recomienda su utilización en políticas de salud pública ni para metas de consumo individual (2).
Un dato: El etiquetado GDA solo lo comprende el 13% de la población.
¿En qué consiste el etiquetado de advertencia?
Se trata de un etiquetado con símbolos y textos sencillos para advertir a los consumidores sobre ingredientes cuyo alto consumo es nocivo para la salud: azúcar, grasas saturadas, grasas trans y sodio, así como de la energía total (calorías) con el fin de reducir el consumo de alimentos poco saludables. Este tipo de sellos facilita la comprensión, la toma de decisiones alimentarias al momento de la compra y promueve que la industria haga una reformulación de sus productos, además de ser simple y equitativo para cualquier sector de la población.
Un dato: Se estima que más de 53% de las calorías que consumen los mexicanos provienen de alimentos procesados (3).
¿Cuándo corresponde poner estos sellos?
Solo cuando un producto supere los límites recomendados y representen un riesgo para la salud. Alimentos como algunos yogures, atún o sardinas, no entran a evaluación del perfil, por lo que, no tendrían ningún sello de advertencia.
OJO. El etiquetado no se va a incluir en ingredientes culinarios como es el caso de la miel.
De acuerdo al modelo chileno, los límites por cada cien gramos en productos sólidos y líquidos se definen de la siguiente manera:
En México, una vez que se apruebe esta reforma en su totalidad, le compete a la Secretaría de Salud especificar estas particularidades.
Independientemente de cualquier tipo de etiquetado frontal, todos los alimentos y bebidas procesados, en la parte posterior del producto, deben portar una tabla nutrimental en base a las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, la cual debe incluir el contenido total de kilocalorías, proteínas, hidratos de carbono, azúcares, fibra, grasa total, grasa saturada y sodio.